NACIONALES

Aprobado por la Comisión de Finanzas de la AN
Unidad Tributaria tendrá un valor de 65 bolívares fuertes para 2010


La unidad tributaria es la medida de valor creada a los efectos tributarios que permite equiparar y actualizar los montos de las bases de imposición, exenciones y sanciones, así como es referencia para el ajuste del bono de alimentación por jornada laboral y las tasas aeroportuarias

CARACAS, (ABN).- La Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles la resolución que establece el nuevo valor de unidad tributaria en 65 bolívares, cambio que se hará oficial una vez sea publicado en Gaceta Oficial, y podrá aplicarse en lo que resta del ejercicio fiscal del año 2010 y parte del 2011.

La información la dio a conocer el presidente de dicha instancia legislativa, diputado Ricardo Sanguino, recordando que el actual valor de la unidad es de 55 bolívares y su incremento constituirá un adicional de Bs 10.

“En atención al estudio hecho por la Comisión de Finanzas, la Oficina de Asesoría Económica y Financiera y el informe presentado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat), se determinó que el incremento para aplicar este año es de 17,4%”, explicó Sanguino.

La unidad tributaria es la medida de valor creada a los efectos tributarios que permite equiparar y actualizar los montos de las bases de imposición, exenciones y sanciones, así como es referencia para el ajuste del bono de alimentación por jornada laboral y las tasas aeroportuarias.

Anualmente, la UT es ajustada con fundamento en la variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), indicador que cerró el año pasado con un acumulado de 25,1%, según cifras del Banco Central de Venezuela.

No obstante, el Parlamento venezolano ha decidido en años anteriores su adecuación por debajo de la inflación acumulada del año previo, a fin de que la UT no se convierta en un factor de expectativa inflacionaria.

De hecho, a finales de febrero de 2009, luego de la aprobación del ajuste de la medida, Sanguino expresó que, más allá de lo que indica el Código Orgánico Tributario, “el alza de la UT está dentro de los parámetros de lo que se espera sea el comportamiento de la economía en este período fiscal".

En 2009, esta medida se ubicó en 55 bolívares (Gaceta Oficial Nş 39.127, de fecha 26 de febrero), tras un ajuste de 19,56% en relación con la unidad vigente en 2008, 46 bolívares, de acuerdo con la Gaceta Oficial Nş 38.855 del 22 de enero de 2008.

En 1999, la unidad tributaria tenía un valor de Bs 9.600. Desde ese año ha sido ajustada de la siguiente manera: Bs 11.600 en el 2000; Bs 13.200 (2001); Bs 14.800 (2002); Bs 19.400 (2003); Bs 24.700 (2004); Bs 29.400 (2005); Bs 33.600 (2006); Bs 37.632 (2007); y Bs 46 en 2008, tras la entrada en vigencia de la reconversión monetaria.

Tras la aprobación de la nueva UT, la Asamblea Nacional enviará al ente tributario el oficio donde expresa la decisión, a fin de que se remita para su publicación en la Gaceta Oficial y, por ende, la nueva medida entre en vigencia.

04/02/2010